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jueves, 22 de agosto de 2024

! VENEZUELA vs COMUNISMO!

PRINCIPIO CONSTITUCIONAL, tomado del DERECHO INTERNACIONAL, con base a los PRINCIPIOS UNIVERSALES.

                                                                 Por: LUIS RAFAEL ORONOZ BORDONES.


La CONSTITUCION vigente aún, del año 61, así como la mal llamada Constitución del 99; ambas consagran en su PREÁMBULO, la “AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS”.

Y eso es muy claro: esa “autodeterminación”, es el ejercicio de su SOBERANÍA, que es el ejercicio de los PUEBLOS de darse sus propios gobiernos, sin imposición de nadie – ni RUSIA, CUBA, EE UU, CHINA, ni un CNE “CHIMBO”- así la Constitución del 61, consagra en su Art. 4: “La soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce, mediante el sufragio, … omissis …..”. Por igual, la mal llamada Constitución del 99, en su Art. 5, establece: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, …”

El PUEBLO VENEZOLANO, en un 70% manifestó su voluntad el 28 de julio, mediante el sufragio, y lo ha venido ratificando en asambleas multitudinarias en toda Venezuela; y por 5 milos de venezolanos en el exterior que los perdedores no dejaron votar.

El PUEBLO VENEZOLANO fiel representante directo de la SOBERANÍA NACIONAL, ya se ha pronunciado con amplísima y clara voluntad, en ejercicio del DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS – que los dictadores han establecido como AUTODETERMINACIÓN DE LOS REGÍMENES – pero requiere el apoyo concreto de la COMUNIDAD INTERNACIONAL, que como nunca está ocurriendo – que va seguir ejerciendo el PUEBLO VENEZOLANO hasta el final.

¡LA AUTODETERMINACIÓN ES DE LOS PUEBLOS!      ¡VIVA VENEZUELA!

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